viernes, 24 de agosto de 2012

Denuncia “Movimiento Ciudadano” inconstitucionalidad del Código Electoral de Veracruz ante la SCJN

 NORMA TRUJILLO BÁEZ - JUEVES, AGOSTO 23, 2012. LA JORNADA (VERACRUZ).

A través de su dirigencia nacional, el Movimiento Ciudadano (MC) interpuso en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el recurso de acción de inconstitucionalidad del artículo 21 que atenta contra las bases para la representación proporcional establecidas en la Constitución Federal, que prevé un límite de 8 por ciento, pues ahora es del 16 por ciento, dio a conocer el dirigente estatal de ese partido, Cuauhtémoc Pola Estrada.

En entrevista, detalló que la acción de inconstitucionalidad es en contra las reformas a la ley electoral que fueron aprobadas en julio por el Congreso local, en relación con la expedición, promulgación y publicación del “Decreto 566 que reforma los artículos 21, 33 Fracción XVIII, 56 Fracción V y 67 Fracción I inciso C), párrafos segundo y tercero de la Constitución Política del estado de Veracruz.

El dirigente de Movimiento Ciudadano dijo que la SCJN definirá si se aplican estas reformas en el próximo proceso electoral local o no, ya que el Artículo 21 no modificado decía “El Congreso del Estado se compondrá de diputados elegidos por el principio de mayoría relativa en los distritos electorales uninominales, y de diputados elegidos por el principio de representación proporcional, conforme a las listas que presenten los partidos políticos en la circunscripción plurinominal que se constituya en el territorio del estado; en un porcentaje de sesenta y cuarenta, respectivamente; de acuerdo a la fórmula establecida en la ley”.

Agregaba: en caso de que el Congreso se integre por menos de 50 diputados, al partido mayoritario no podrán asignársele más de cuatro diputados por el principio de representación proporcional, y en caso de que el Congreso se integre por 50 diputados o más, al partido mayoritario no podrá asignársele más de cinco diputados por este principio. En ningún caso el Congreso se integrará por más de 60 diputados. Ningún partido político podrá contar con un número de diputados, por ambos principios, mayor al número total de distritos electorales uninominales”.

Pero la reforma verdaderamente representa un retroceso democrático al pretender aumentar a 16 por ciento la representación de un partido político, cualquiera que éste sea, a pesar de lo que se dicta en el artículo 54 de la Constitución Política federal en su fracción V, en la cual señala que ningún partido político puede tener una representación plurinominal mayor a 8 por ciento.LA JORNADA (VERACRUZ).

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