miércoles, 30 de enero de 2013

Justicia federal suspende en definitiva proyecto del teleférico en Puebla


Jorge Castillo/Puebla/25 de Enero/2013.


Sufre un revés en los tribunales el gobernador Moreno Valle, luego de que la justicia federal decidiera suspender las obras del teleférico de manera definitiva en la zona del barrio
del Artista, luego de que se comprobó se hizo sin permisos.


La juez Yolanda Velázquez Rebollo,titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Puebla, informó por la noche de este jueves, sobre el juicio de Amparo Indirecto 1962/2012, que resolvió la
suspensión definitiva solicitada por los quejosos, Fundación Manuel Toussaint A.C. y “Comité Ciudadano Defensor del Patrimonio Histórico Cultural y Ambiental de Puebla”.



Según un comunicado de la Judicatura federal, el amparo se otorgó al haberse acreditado que el inmueble referido (la casa del torno del siglo XVIII), se encuentra oficialmente catalogado como monumento histórico, y que a la fecha la Secretaría de Transportes no cuenta con las autorización correspondiente para la ejecución de la obra pública materia del presente incidente.


“Se considera procedente conceder la suspensión definitiva solicitada, para el efecto de que se mantengan las cosas en el estado que actualmente guardan, y se suspendan los trabajos correspondientes que pudieran afectar al inmueble antes mencionado.”


Los quejosos promovieron demanda de amparo en la que se ve afectada la casona, misma que se considera monumento histórico, por estimar que la autoridad no obtuvo la autorización
necesaria por parte del INAH para afectar dicho bien.


“Se solicitó la suspensión respecto de la ejecución de la obra denominada teleférico de la ciudad de Puebla, en la parte que afecta al inmueble (…) se resolvió conceder dicha medida cautelar al considerar que fue solicitada por asociaciones civiles que tienen interés para ello.”

Además refiere el comunicado que las autoridades responsables, en este caso la Secretaría del Transporte NO aportaron pruebas con las que se acreditara la autorización necesaria por parte del 
INAH para afectar dicho inmueble.


“Lo anterior en virtud de que se encuentra contemplado dentro del catálogo de monumentos históricos inmuebles elaborado por la Subdirección de Catalogación de la Coordinación
Nacional de Monumentos Históricos del INAH Inclusive señala que el edificio cuenta con la ficha con clave número211140010185 y, por lo tanto, se encuentra protegido por la Ley Federal
sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas y su reglamento.


“La suspensión definitiva se concedió para el efecto de que se mantengan las cosas en el estado que actualmente guardan, y se suspendan únicamente los trabajos correspondientes que pudieran afectar al inmueble antes mencionado.” Lo anterior que implica que no puede continuarse con la ejecución de la obra denominada teleférico.


Dicha medida continuará vigente hasta que cause ejecutoria la resolución que decida el juicio de amparo en lo principal, o bien, hasta que las partes, aporten pruebas que puedan modificar
o revocar dicha determinación (DIARIO INTOLERANCIA/PUEBLA).

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